accidentes de tráfico y seguridad social

Accidentes de tráfico y seguridad social

Accidentes de tráfico y seguridad social

Los conductores de los vehículos de tracción mecánica están obligados a contar con un seguro que cubra los daños en caso de accidente, ya que al contrario de lo que mucha gente piensa, la seguridad social no cubre los gastos médicos generados por accidentes de tráfico.

Si sufres un accidente de circulación, la sanidad pública te atenderá, te llevarán en ambulancia hasta un centro médico u hospital y recibirás la atención que necesites, sea cual sea la gravedad del accidente. Pero el hospital no asume el coste de tu atención, se tendrá que hacer cargo tu aseguradora.

Coste de las facturas del hospital

Las facturas del hospital tendrán un coste en función de la gravedad de las lesiones y del tipo de atenciones recibidas y se tendrá que hacer cargo de ellas la aseguradora de la persona responsable del siniestro.

Si el accidente lo ha causado un tercero, será su seguro quien se haga cargo de todos los gastos a través de la cobertura obligatoria de responsabilidad civil. En el caso de que tu hayas sido el causante del siniestro, tu compañía deberá pagar los daños a terceros, incluidos los ocupantes de tu vehículo.

Dependiendo del tipo de póliza contratada, es recomendable contratar la cobertura con asistencia sanitaria ilimitada, ya que si los gastos son elevados, la aseguradora no los cubrirá.

Accidentes in itinere

En el caso de que el accidente se produzca mientras vas o vuelves del trabajo, deberas saber que en el caso de que seas responsable de los daños, se considera un accidente laboral, por lo que estará cubierto por la mutua de tu empresa.

 


seguros de baja para autónomos

Seguros de baja para autónomos

Todos hemos oído decir eso de los autonomos no enferman nunca ya que hasta hace poco no recibían ningún tipo de compensación por estar de baja, con lo que seguían trabajando aunque estuviesen enfermos.

Afortunadamente esto está cambiando y los autónomos tienen cada vez más coberturas en caso de accidente laboral o de baja por enfermedad.

Si un autónomo sufre un accidente, los seguros de accidentes cubrirán los gastos derivados, tanto de la hospitalización si fuese necesaria, como del periodo de baja en el que el autónomo no pueda trabajar, pero ¿qué ocurre si el autónomo está de baja por un catarro o una gripe? ¿A qué tiene derecho?

Seguros de baja para autónomos

Cuando un autónomo sufre una baja por enfermedad común o por una enfermedad derivada del trabajo, recibirá una compensación de entre el 60 y el 75% de la base reguladora, y a partir del segundo mes de baja, no tendrán que seguir pagando la cuota de autónomo. Pero alrededor del 86% de autónomos cotizan por la base mínima, con lo que dificilmente cubrir todas sus necesidades con la indemnización por baja.

Algunas aseguradoras están lanzando seguros de baja laboral exclusivo para autónomos, que cubren al autónomo en caso de baja laboral por enfermedad común o enfermedad profesional. Recordemos que los seguros de accidentes como los que comercializamos en Clin Seguros cubren únicamente accidentes, no enfermedades comunes.

De esta manera el autónomo percibirá una indemnización de entre entre 30 y 60 euros diarios si por ejemplo tiene gripe, Covid-19 o una lumbalgia causada por su profesión.

La prima de la póliza variará fundamentalmente en relación a la actividad profesional del asegurado y su edad y aporta una ventaja añadida que es la posibilidad de combinarse junto con un seguro de accidentes o un seguro de vida. De esta manera los trabajadores autónomos tendrán cobertura e indemnización en cualquier caso, independientemente de cuál sea el motivo de la baja.

 


seguros para autónomos

Seguros para autónomos

Seguros para autónomos

Aunque cada vez cuentan con más protección, los autónomos han sido habitualmente un sector muy desprotegido. A la incertidumbre de conseguir clientes y trabajos, se une la de realizar su actividad con todas las garantías. Y los seguros son una herramienta indispensable.

Con los seguros los autónomos protegen, tanto su negocio como a su familia. Algunos seguros son obligatorios, pero otros, opcionales son muy recomendables.

Seguros obligatorios

Los seguros de responsabilidad civil no siempre son necesarios, aunque son muy recomendables, cubriendo los posibles errores que un autónomo o el personal a su cargo puedan cometer durante el trabajo. Si se comete un error que suponga un elevado coste, la indemnización puede hacer que se produzca el cese del negocio.

Los seguros multirriesgo cubren los locales donde se desarrolle la actividad comercial del autónomo ante cualquier contingencia, incendios u otros accidentes y son obligatorios siempre que se tiene un local donde se atienda al público.

Seguros recomendables

Los seguros más recomendables para un autónomo son los que cubren la Incapacidad Laboral Temporal, los accidentes y la vida. Si un autónomo está de baja, no puede seguir realizando su trabajo, por lo que no obtiene ingresos, por lo que este tipo de seguros indemnizarán al autónomo en caso de accidente.

Cada actividad profesional requiere un distinto tipo de póliza en función de la actividad profesional, por lo que es esencial contar con un asesor como Clin Seguros, que te ofrece una atención personalizada si la necesitas.

Nuevos seguros

En la actualidad las aseguradoras están trabajando en nuevos seguros que protejan la actividad profesional de autónomos o pymes, como son la protección frente a ciberataques, la protección de equipos móviles y ordenadores o los seguros que te ofrecen protección jurídica, ayudando al cobro de facturas pendientes.


Registro de seguros de coberturas de fallecimientos

Con el aumento de fallecimientos producidos por la pandemia de COVID-19 muchas personas se preguntan cómo saber si su familiar fallecido disponía de un seguro de vida o un seguro de accidentes con cobertura por fallecimiento.

Una vez que se produce la trágica pérdida de un familiar se han de gestionar una serie de trámites y en muchas ocasiones los familiares desconocen que el fallecido disponía de un seguro con cobertura por fallecimiento. Para conocer si la persona fallecida disponía de algún tipo de seguros existe el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento, una herramienta poco conocida y que depende del Ministerio de Justicia

¿Cómo funciona el Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento?

En España existen alrededor de 21 millones de pólizas con cobertura por fallecimiento. El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento recopila la información sobre los asegurados que proporcionan las aseguradoras, que están obligadas a proporcionar la identidad de los titulares de la póliza, no recogiendo a los beneficiarios de las pólizas, porque violaría la Ley de protección de datos.

Los seguros que se incluyen son los de vida, de ahorro, planes de jubilación y seguros de accidente y para acceder al registro se deberá acreditar el fallecimiento del asegurado. Tras pagar una tasa de 3,78€, el registro emitirá un certificado con los seguros que tuviese contratado el asegurado y las compañías de las que era cliente, tras lo cual, se podrá acudir a las aseguradoras para saber quién es el beneficiario.

El registro también emite notas informativas, para aquellas personas que, en vida, quieren conocer qué pólizas de seguros de vida o de accidentes tienen contratados, como por ejemplo los seguros vinculados a tarjetas de créditos, seguros o cualquier tipo de seguro que se haya obtenido por una promoción comercial y que el asegurado desconozca.

El registro se puso en funcionamiento en 2007 para que los beneficiarios de los seguros pudiesen conocer la existencia de dichas pólizas, ya que anteriormente se producían fallecimientos que estaban cubiertos por un seguro de vida o por un seguro de accidentes, pero los beneficiarios, por desconocimiento, no cobraban la indemnización contemplada en la póliza, quedando sus beneficiarios descubiertos ante la muerte del tomador del seguro.


covid 19 y el futuro de los seguros

COVID 19 y el futuro de los seguros

Tras casi un año de pandemia, muchas cosas han cambiado en nuestro día a día. Algunas lo han hecho de manera temporal, pero otros cambios persistirán en el tiempo.

Hemos cambiado nuestra manera de relacionarnos, de comprar y de gestionar todo tipo de servicios, como lo seguros. Los confinamientos, la protección de la salud o el evitar contactos innecesarios han hecho que dejemos de acudir físicamente a oficinas, tiendas y comercios, realizando muchas de estas gestiones de manera online.

Unespa, la patronal del sector asegurador ha presentado el informe Impacto de la Covid-19 en las conversaciones sobre el futuro del sector asegurador.

En este informe, en el que se estudia la COVID 19 y el futuro de los seguros, a pesar de la pandemia se ha mantenido e incluso intensificado el contacto entre las aseguradoras y los clientes, y destaca que la mayoría de usuarios creen que sus relaciones con la aseguradora serán híbridas, combinando el asesoramiento personal con el asesoramiento digital u online.

El ahorro continúa siendo uno de los elementos más relevantes. Durante el tiempo de pandemia muchos usuarios han dado de baja sus pólizas de seguros o han contratado otras pólizas con una menor prima, pero también se busca una protección integral, que cubra a toda la familia en los distintas facetas de su vida cotidiana, con seguros de accidentes, de hogar, o incluso de responsabilidad civil.

En Clin Seguros desde nuestros comienzos apostamos por un entorno totalmente online en el que nuestros clientes pueden, de manera cómoda y sencilla, comparar seguros de accidentes entre las mejores aseguradoras del mercado.

Encontrarás seguros de accidentes desde 20€/año y contratar en función de tus necesidades. Y si tienes alguna duda, te llamamos y te ofrecemos asesoramiento personalizado para que contrates el seguro que más te conviene.


daños por temporal de nieve

Daños por temporal de nieve

Como dice el refranero español, después de la tempestad, llega la calma. Una vez que ha pasado el temporal Filomena que dejó media España cubierta de nieve, llegaron las lluvias que deshicieron toda la nieve.

Con las calles prácticamente limpias, llega el momento de evaluar los daños causados por el temporal. Pero ¿cubren los seguros los daños causados por los temporales de nieve?

Daños por temporal de nieve. Qué cubren y qué no los seguros.

Los seguros no consideran una exclusión los temporales de nieve, como si hacen con otro tipo de fenómenos como las lluvias intensas que causan inundaciones. Si tenemos un accidente con el coche a causa de la nieve o el hielo, nuestro seguro cubrirá las reparaciones oportunas. Si se producen desperfectos en nuestra vivienda o nuestro local comercial como consecuencia de la acumulación de nieve, como puede ser la rotura de toldos, o desperfectos en los tejados, el seguro lo cubrirá, así como la responsabilidad civil en el caso de que se desprenda un bloque de hielo o nieve y golpee a una persona que pase por la calle. Si tenemos contratado un seguro de accidentes personales, también estaremos cubiertos en caso de resbalón, caida e incluso recibiremos una indemnización por baja laboral o gastos de hospitalización. Por supuesto todo está supeditado a tener una póliza de seguro en vigor, al corriente de pago, y que recoja en sus condiciones estos supuestos.

Riesgos extraordinarios

En el caso de Filomena, o de cualquier otro temporal, no se considera la nieve y el hielo como un riesgo extraordinario. Si que se considera riesgo extraordinario cuando se produce una catástrofe natural como son las inundaciones y en este caso es el Consorcio de Compensación de Seguros el que se hace cargo de las indemnizaciones.

¿Qué ocurre si una rama de un árbol se cae a causa de la nieve y produce desperfectos en nuestro coche? En este caso además de recabar lo antes posible toda la información posible, deberemos realizar una reclamación patrimonial al municipio donde se hayan producido los hechos, para que éste se haga cargo de la indemnización.

En todo caso os recomendamos consultar con vuestro mediador de seguros las condiciones de la póliza y examinar con detenimiento los daños causados y porqué se han causado.

 


el seguro de caución

El seguro de caución

Durante el tiempo de pandemia muchos empresarios han visto como se desvanecían las oportunidades de crecimiento de sus empresas y en algunos casos, incluso la supervivencia de sus negocios, pese a las ayudas públicas. Pero existe un instrumento financiero que muchos empresarios desconocen y que puede convertirse en la solución a muchos de sus problemas.

El seguro de caución: el mejor aliado de las empresas para sobrevivir a la pandemia.

El seguro de caución es una de las garantías más eficaces para una empresa. Muchas empresas se ven obligadas a certificar el cumplimiento de un compromiso adquirido mediante un aval, bien sea por exigencias legales o contractuales, por un contrato privado o por uno realizado con la administración y el seguro de caución es un seguro que otorga al tomador de la póliza una val que ofrezca garantía financiera a terceros, dotando a las empresas del respaldo financiero que necesitan para emprender nuevos proyectos o para salir adelante.

Los seguros de caución son ágiles y tienen muy buenas condiciones en cuanto a las primas y además presentan una ventaja importante, ya que supone no se convierte en una carga crediticia, al no computar en la Central de Información Riesgos del Banco de España, como sí ocurre con los avales bancarios. No implican la inmovilización de fondos en una entidad financiera sino quelos libera para que puedan ser utilizados en la actividad empresarial. Además de las condiciones son flexibles, habitualmente no tienen gastos de estudios ni de apertura o cancelación.


consorcio de compensación de seguros

Consorcio de compensación de seguros

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

Tener un seguro es muy recomendable, y en ocasiones, como en el caso de los vehículos, obligatorio. Nos protegerá contra imprevistos y contra los daños que podamos sufrir nosotros o causar a terceros. Pero hay ocasiones en las que nuestro seguro no nos cubre, o no quiere correr con los gastos del siniestro. En este caso ¿quién corre con los gastos causados, por ejemplo, por desastres naturales?

El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad gubernamental que tiene tres funciones fundamentales.

  • Actúa como Seguro de Riesgos Extraordinarios, indemnizando a los asegurados en caso de desastres naturales o derivados de incidencias políticas o sociales, actos vandálicos o terroristas, con la condición de tener suscrito un seguro previamente.
  • Actúa como asegurador de vehículos, asumiendo la cobertura obligatoria que no aceptan las compañías aseguradoras. También indemniza los daños ocasionados por vehículos desconocidos, que no tengan seguro o que hayan sido robados.
  • En el caso de que una compañía aseguradora se encuentre en concurso de acreedores o en liquidación, el consorcio se hará cargo de las posibles indemnizaciones a los asegurados.

Indemnizaciones que no cubre el Consorcio de compensación de seguros.

El Consorcio de compensación de seguros proporciona únicamente el seguro mínimo imprescindible en el caso de los vehículos, la Responsabilidad Civil Obligatoria y, por tanto, hay ciertas coberturas tales como asistencia en viaje, seguro del conductor, defensa jurídica o daños propios que no tendrás cubiertos. Algunas de estas coberturas se podrán contratar a través de entidades que no son extrictamente aseguradoras, pero otras, relacionadas directamente con el seguro, no quedarán cubiertas.

  • Robo
  • Incendio
  • Reparación de lunas
  • Ddaños propios

El Consorcio de Compensación de Seguros obtiene su financiación a través de las pólizas que suscribe con sus asegurados y por otra parte, todos, con nuestras pólizas de seguros, dedicamos una pequeña parte de su importe al consorcio.

 

 


Teletrabajo y accidentes personales

Nos encontramos en una situación relativamente novedosa para muchos trabajadores: el teletrabajo. Debido a la pandemia muchas empresas han permitido que sus trabajadores realicen sus labores desde casa. De esta manera se evitan riesgos innecesarios y desplazamientos a los lugares de trabajo.

Trabajar desde casa tiene sus ventajas e inconvenientes y aunque no está completamente regulado, el RDL 8/2020, de 17 de marzo establece que el acuerdo entre el empleador y el trabajador deberá determinar claramente el lugar de trabajo, así como las condiciones, horarios, etc.

Para muchas personas que teletrabajan es muy complicado tener un espacio propio donde hacerlo, por lo que utilizan zonas comunes de sus viviendas.

Pero ¿qué ocurre si tenemos un accidente?

Al encontrarnos en un entorno doméstico puede que si sufrimos un accidente, éste no se considere un accidente laboral, sino un accidente doméstico. Pero hay que tener en cuenta en qué circunstancias se produce el accidente. No es lo mismo realizarse un corte con un cuchillo de cocina, que recibir una descarga eléctrica por sobrecarga en en lugar de trabajo.

Los accidentes más comunes que se suelen producir en los domicilios son tropezones y caídas al mismo nivel. En este caso si que se considerarán accidentes de trabajo al igual que lo serán si el trabajador teletrabaja desde dos lugares distintos y el accidente se produce en uno de estos desplazamientos. También se considerará accidente laboral "en misión" si el trabajador sufre un accidente al ir, por ejemplo, a comprar material que necesita para su trabajo. A falta de jurisprudencia al respecto, podemos afirmar que no existen diferencias en cuanto a una centro de trabajo habitual y en el que se desarrolla el teletrabajo.

Muchas empresas disponen de seguros de accidentes personales para sus trabajadores. En muchos casos cubren al trabajador las 24 horas al día, independientemente de que el accidente se produzca en tiempo laboral o de ocio. Pero en el caso de que el accidente se produjese en tiempo de trabajo, los trabajadores estarían cubiertos por el seguro, independientemente de cuál sea el lugar de trabajo.


nuevas formas de movilidad urbana

Nuevas formas de movilidad

Si algo positivo ha traido la pandemia ha sido el incremento de la actividad deportiva. Después de los meses de confinamiento, muchas personas decidieron o bien continuar, o bien comenzar a hacer deporte.

Otro de los puntos positivos ha sido la implantación de nuevas formas de movilidad urbana. Los deplazamientos urbanos en bicicleta se han incrementado hasta un 80% así como los trayectos a pie. Si lo sumamos a las nuevas formas de movilidad como los patinetes eléctricos,  ha provocado que se haya producido un impotante incremento de la ocupación de los espacios públicos y como consecuencia de ello, un aumento significativo de los accidentes.

Tanto si somos peatones, como ciclistas o usuarios de vehículos eléctricos como patinetes o bicicletas es importante tener cubierta cualquier contingencia que nos pueda suceder, en especial si somos autónomos y nuestro salario depende de si trabajamos o no.

Si bien es cierto que existen seguros específicos, tanto para usuarios de bicicletas como para usuarios de patinetes eléctricos, un seguro de accidentes cubrirá cualquier problema que tengamos en cualquier situación, ya sea en el trabajo o en nuestro tiempo libre.  Y con la posibilidad de recibir una indemnización diaria en caso de baja, así como otras coberturas como gastos de hospitalización o desplazamientos.

En www.clinseguros.com podrás comparar seguros de accidente entre las mejores aseguradoras del mercado en menos de 30 segundos. Y si tienes algún problema, nosotros te llamamos.