El seguro obligatorio de las carretillas elevadoras
En la última entrada del blog de Padilla Carretillas, se trata el tema de la normativa de seguridad en almacenes. En relación a este asunto, es importante añadir la información relativa a asegurar las carretillas elevadoras, que nos parece de sumo interés:
Es un tema donde el legislador no termina de dar una solución definitiva, manteniendo una regulación ambigua. No cabe ninguna duda de que aquellas carretillas que debemos matricular, tienen la obligación de tener el seguro obligatorio. La duda nos surge con aquellas carretillas que no salen del recinto de nuestras empresas. Será en el momento en que tenemos un accidente con una carretilla, sin seguro obligatorio, cuando pueda darse la discusión entre la compañía de seguro de nuestro RC y nosotros. Dos posiciones:
1- La nuestra; el seguro de responsabilidad civil de la empresa cubre los accidentes con las carretillas elevadoras.
2- La compañía de seguros; al ser un vehículos a motor deber llevar seguro obligatorio de automóviles.
Para intentar dar una solución plausible al tema que ahora nos ocupa nos vamos a ir al Real Decreto 12-1-2001 núm. 7/2001 por el que se aprueba el Reglamento sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, artículo 3 donde habla de <> y cogeremos una resolución de la Dirección General de seguros del año 2002 basada en esa legislación, planteando dos situaciones distintas:
1- La carretilla que solo se mueve dentro de la nave, no necesita seguro, estaría cubierta por el RC de la empresa.
2- La carretilla que se mueve por las instalaciones, por las calles, vías privadas, donde coinciden con otros vehículos, sí deben tener seguro obligatorio.
Para llegar a esta conclusión se basa en la definición que contiene el RD de HECHOS DE LA CIRCULACIÓN.
<< Artículo 3. Hechos de la circulación. 1. A los efectos de la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos a motor y del seguro de suscripción obligatoria regulado en este Reglamento, se entienden por hechos de la circulación los derivados del riesgo creado por la conducción de los vehículos a motor a que se refiere el artículo anterior, tanto por garajes y aparcamientos, como por vías o terrenos públicos y privados aptos para la circulación, tanto urbanos como interurbanos, así como por vías o terrenos que sin tener tal aptitud sean de uso común. 2. No se entenderán hechos de la circulación los derivados de la celebración de pruebas deportivas con vehículos a motor en circuitos especialmente destinados al efecto o habilitados para dichas pruebas, sin perjuicio de la obligación de suscripción del seguro especial previsto en el apartado 2 del artículo 16. Tampoco se considerarán hechos de la circulación los derivados de la realización de tareas industriales o agrícolas por vehículos a motor especialmente destinados para ello, sin perjuicio de la aplicación del apartado 1 en caso de circulación por las vías o terrenos mencionados en dicho apartado.>>
Un seguro obligatorio de una carretilla puede estar sobre los 100 euros anuales, eso incrementa nuestros costes y según el número de carretillas que tengamos nos resultara más o menos gravoso. Desde un punto de vista empresarial podemos pensar que estamos duplicando los seguros, para qué dos, así que sino queremos tenerlos, en nuestro RC deberíamos pedir a la compañía de seguro que incluya una cláusula donde se cubra los posibles Hechos de la Circulación de nuestras carretillas.
Volcán de La Palma
Estos días estamos viviendo una situación realmente excepcional con la erupción del volcán de La Palma. La erupción está provocando miles de desalojos en la zona y la colada de lava producida está provocando daños en viviendas, coches y campos de cultivos.
Las coladas de lava han destrozado barrios enteros, y aunque aún es pronto para cuantificar los daños, éstos siguen ascendiendo mientras el magma sigue avanzando hacia el mar.
¿Quién cubre los daños producidos por el volcán de La Palma?
Cuando se produce una catástrofe natural como una erupción volcánica, un terremoto o inundaciones, el Consorcio de Compensación de Seguros, será quien cubra los siniestros. Se trata de un organismo público que funciona como aseguradora ante hechos extraordinarios y que recibe aportaciones de las compañías aseguradoras para su financiación.
Para que el Consorcio de compensación de seguros se haga cargo de los daños causados por el volcán de La Palma, el usuario deberá tener contratado un seguro (de hogar, automóvil, multirriesgo, etc.) siendo la cobertura automática, eso sí, dentro de los límites de lo contratado en la póliza.
Menos claro está lo que va a ocurrir con los daños causados en tierras de cultivo. Aunque muchos agricultores tienen suscrita una póliza agraria, el supuesto de erupción volcánica no se recoge en estos tipos de seguros, estando más centrados en daños causados por inundaciones, granizo o heladas que puedan echar a perder los cultivos.
Declaración de zona catastrófica
Lo más probable es que se realice una declaración de zona catastrófica o como se llama formalmente Declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil que implica que se concedan ayudas directas a todos los afectados, ya sean particulares, empresas u organismos públicos.
Los afectados por la erupción del volcán de La Palma que no tengan contratado un seguro o con un seguro agrario (todavía por determinar sus coberturas) y hayan sufrido daños materiales contarán únicamente con estas ayudas directas otorgadas por las administraciones, ya que no recibirán indemnización por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.
Accidentes domésticos
Accidentes domésticos.
Aunque nos sintamos seguros en casa, lo cierto es que la mayoría de accidentes, en ocasiones produciendo la muerte de la persona que lo sufre, ocurren en nuestra propia casa.
Entre los accidentes más comunes que ocurren se encuentran las caídas, golpes, atragantamientos, intoxicaciones, lesiones producidas por la electricidad, cortes y quemaduras, estimándose que en la Unión Europea los accidentes en casa son la cuarta causa de muerte, por detrás de los accidentes de tráfico, los envenenamientos a causa de drogas y medicamentos o los ahogamientos y obstrucciones de vías respiratorias causados por distintos motivos.
Caídas y Golpes
Según el Atlas de la accidentalidad en España de la Fundación Mapfre, en el periodo 2011 – 2015 las caídas fueron la primera causa de fallecimientos en España.
Un resbalón o una caída nos puede provocar desde fracturas hasta serios daños de salud.
Para intentar evitar estos accidentes, evita las superficies resbaladizas, desplazarte por casa a oscuras o las alfombrillas de baño.
Atragantamientos
Los atragantamientos y la obstaculización de las vías respiratorias son una causa frecuente de accidentes, ya sea en adultos por atragantamientos con comida o bebida o en niños, al tragar accidentalmente objetos o juguetes de pequeño tamaño.
Intoxicaciones
Las intoxicaciones son una parte importante de los accidentes domésticos, tanto para niños como para adultos.
La intoxicación por medicamentos es una de las causas más comunes en adultos. En niños es habitual la intoxicación al ingerir productos de limpieza. En ambos casos este tipo de accidentes se suele solventar acudiendo a urgencias, pero actuar con rapidez es fundamental, ya que cuanto más tiempo pase desde que se produce la intoxicación, peores serán sus consecuencias.
Electrocución
¿Cuántas veces hemos pensado en accionar un aparato eléctrico aun sabiendo que estábamos descalzos o sobre el suelo mojado?
A pesar de que las instalaciones eléctricas domésticas disponen de protección contra las electrocuciones, la mala conservación de la instalación o el manejo inadecuado de aparatos eléctricos puede hacer que suframos una descarga eléctrica, que puede generar desde desvanecimientos, golpes y caídas, hasta la misma muerte por paro cardiaco.
Cortes y quemaduras
La cocina es uno de los lugares donde más accidentes domésticos ocurren. Mientras cocinamos los accidentes más comunes son los cortes y las quemaduras. Manejar adecuadamente cuchillos y herramientas de corte pueden evitarnos muchos problemas.
Las quemaduras en la cocina se suelen producir debido a salpicaduras de aceite, pero también se pueden producir al planchar o al provocarse pequeños conatos de incendio como por ejemplo al fumar en la cama.
Como los accidentes domésticos ocurren, lo mejor es prevenir y asegurarte a ti y a los tuyos mediante un seguro de accidentes. De esta manera, tendremos cubiertas todas las posibles consecuencias económicas de un accidente doméstico.
En Clin Seguros podrás comparar seguros de accidentes en menos de 30 segundos, con las mejores aseguradoras del mercado, coberturas a tu medida y desde 20€/año.
Y si tienes alguna duda, nosotros te llamamos.
Accidentes en piscinas
Hace calor, y qué mejor plan para el fin de semana que ir a la piscina. Pero hay que tener mucho cuidado con los accidentes que se producen durante el verano en este tipo de instalaciones.
La mayoría de accidentes que se producen en una piscina son leves:
- Quemaduras solares: si no te proteges la piel puedes quemarte, con las molestias que acarrea y el malestar general que ocasionan.
- Resbalones, cortes y caídas: son otro de los clásicos del verano. Resbalarse, sufrir un corte en una parte del cuerpo o una caída con la que recibamos un golpe, puede suponer que estemos unos cuantos días de baja.
- Lesiones medulares y traumatismos graves: suelen darse en zambullidas sin comprobar la profundidad, o en las que choquemos con otras personas.
- Ahogamientos: a pesar de tener un buen nivel de nado se pueden dar situaciones de ahogamiento, especialmente tras ingerir comida, alcohol o después de una exposición prolongada al sol.
Por fortuna la inmensa mayoría de los accidentes son leves, pero no evitan a parte de las molestias, que te impidan trabajar.
Cuando un accidente es leve, en la mayoría de las ocasiones es responsabilidad del propio usuario y bastará con realizar una cura sanitaria.
Pero cuando el accidente es mayor, habrá que solicitar asistencia médica e incluso, dependiendo de la gravedad de las lesiones, solicitar una indemnización. En estos casos es importante determinar quién o qué ha sido el causante del accidente, si ha sido una imprudencia por parte del usuario o si por el contrario ha sido debido a un mal mantenimiento o estado de la instalación.
En el caso de que se trate de una instalación pública o privada comunitaria, deberá contar con el seguro de responsabilidad civil correspondiente que cubra este tipo de siniestros.
Para realizar una reclamación será necesario:
- Fotografiar el lugar de los hechos para ver qué ha podido influir en el accidente.
- Describir el accidente y buscar testigos.
- Describir la asistencia médica recibida, en el caso de que sea necesaria.
- Rellenar las hojas de reclamaciones en el caso de que sea una piscina pública.
- Y, por último, acudir a la vía judicial si fuese necesario.
En Clin Seguros te recomendamos, que para esta y todas las situaciones cotidianas de tu vida, contrates un seguro de accidentes. En nuestra web www.clinseguros.com podrás encontrar seguros de accidente desde 20€/año que aseguren tu tranquilidad y la de los tuyos.
¿Qué debes hacer si chocas con un coche sin seguro?
En España conducir sin seguro supone una infracción de la ley que puede acarrear graves consecuencias. A pesar de ello, en nuestro país existen más de 2,6 millones de vehículos sin seguro, es decir, el 7,7 % del parque nacional.
El no asegurar vehículos de poco uso puede ser una explicación de esta elevada cifra. Aunque la Ley obliga a que todo vehículo dado de alta cuente con un seguro, independientemente de que se le dé uso o no.
Además, cada año se imponen cerca de 130.000 sanciones a estos vehículos y de media se producen unos 22.000 accidentes en los que estos vehículos no asegurados están implicados. Si tuvieras un accidente contra uno de estos coches ¿Sabrías qué hacer? Aquí te explicamos los pasos a seguir.
Comprobar si se han producido heridos
Comprueba si hay algún herido por el accidente o existen posibles lesiones. En tal caso llama al 112 para comunicar el accidente. Este servicio te preguntará por la ubicación y la situación de los posibles heridos y, dependiendo de los hechos, se mandará a los servicios médicos más cercanos.
Como norma general desde el 112 también enviarán una patrulla de las fuerzas de seguridad para que realice un atestado del accidente. Si han acudido los servicios sanitarios, se puede utilizar el parte amistoso para dar cuenta de lo ocurrido y presentarlo a tu aseguradora, incluso si la parte contraria no tiene seguro.
Tomar fotos del accidente y de los daños en los vehículos
Saca fotos de los coches implicados en el golpe y de la señalización, pues esta podría afectar a la culpabilidad de una de las partes. Toma fotos también de la matrícula de la parte contraria para poder identificar su vehículo Algo importante si el otro conductor no tiene seguro y, en el peor de los casos, decide darse a la fuga.
Obtener contactos de los posibles testigos
Conseguir el contacto de los posibles testigos que hayan presenciado el accidente puede ser muy útil. Si ha acudido una patrulla de las fuerzas de seguridad, dáselos a los agentes. Pueden ser de mucha utilidad si el contrario y tú tenéis discrepancias o si asunto acaba en los tribunales.
Identificar a la parte contraria
Esto es muy importante, ya que si el accidente fue culpa del oro conductor sin seguro, a ti te compensará el Consorcio de Seguros. Este organismo, en caso de accidente con un vehículo desconocido o sin identificar, sólo te indemnizará por los daños personales que puedas tener, pero no por los materiales. Indemnización que correrá a cargo de tu aseguradora, sólo si tienes seguro a todo riesgo.
Si no quiere identificarse el otro conductor, llama a las fuerzas de seguridad.
Dar parte del accidente a tu aseguradora
En este caso de accidente contra un coche sin seguro, no tendrás que hacer nada especial. Solo da un parte del accidente a tu aseguradora. Esta reclamará tu indemnización al Consorcio de Seguros (CCS), siempre que cuentes con cobertura de reclamación de daños.
Si quieres encontrar el seguro de accidentes e invalidez al mejor precio, en Clin Seguros te ayudamos a ello.
Agroseguros ¿Qué son?
Un agroseguro es un producto imprescindible para proteger negocios agropecuarios, forestales, acuícolas o de producción agrícola. Si tú desarrollas actividad en alguno de estos sectores, te interesa saber más sobre ellos y aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.
¿A quién van dirigidos estos seguros?
Este tipo de seguros están pensados para agricultores, ganaderos, acuicultores y propietarios forestales que necesitan cubrir los posibles riesgos que pueden sufrir sus negocios. Puedes contratarlo si te dedicas a cultivar o producir alguna de las especies contempladas en el Plan de Seguros Agrarios. Este plan contiene los aspectos generales que la administración tiene en cuenta para conceder subvenciones a la suscripción de agroseguros combinados.
Destacar que puede suscribir un agroseguro tanto una persona física como una sociedad de cualquier tipo. Además, también pueden contratar un seguro de este tipo aquellas personas con interés en la conservación y protección de su producción.
Muchas de las personas que trabajan en estos sectores están acostumbrados a tener seguros, por ejemplo para maquinaría agrícola como la que ofrecen en Automoción Lozano, donde su experiencia de más de 35 años les ayuda a saber que riesgos existen para el campo.
Cobertura de un agroseguro
Un agroseguro cubre una variedad de riesgos que pueden darse en estas actividades y que afectan a la producción. Los más comunes son desastres como incendios, inundaciones, lluvias torrenciales, sequías o heladas. Existen además otras muchas situaciones que pueden poner en peligro tu producción.
Dependiendo del tipo de agroseguro contratado, podrás tener cubiertos unos u otros riesgos. Cada área de negocio tiene sus propios seguros. Aquí te los mencionamos:
- Seguro agrícola: Protege las actividades relacionadas con los cultivos y las explotaciones agrícolas.
- Seguro acuícola. Este seguro es el adecuado si trabajas en la crianza de especies acuáticas animales o vegetales, una actividad cada vez más frecuente.
- Seguro pecuario: Si se producen accidentes, enfermedades o sequías, un seguro pecuario te garantiza protección ante las pérdidas sufridas en tu actividad ganadera.
- Seguro forestal: Si posees una explotación forestal, un seguro de este tipo protege tu actividad contra los posibles incendios.
Como dicen desde Cap Alliance, central de compras agrícola: "Es necesario proteger nuestro trabajo y producción, pues existen muchos riesgos capaces de destruirlo todo"
Ventajas de los agroseguros
Los agroseguros están subvencionados, a diferencia de lo que sucede con otras pólizas. Para que puedas acceder a estas ayudas debes estar dado de alta en la base de datos de control de acceso a subvenciones. Así podrás comprobar si tienes derecho a alguna subvención a la hora de contratar tu seguro. Otras ventajas a las que puedes acceder son las bonificaciones y reducciones impositivas.
Condiciones en las que fijarse
Como sucede en la contratación de cualquier seguro, debes revisar con detenimiento las condiciones de la póliza que vas a contratar fijándote en aspectos como los siguientes:
- Los posibles riesgos que cubrirá la póliza, pensando en cuales son los más comunes en tu actividad
- El nivel de cobertura de la póliza, que te dirá qué porcentaje de tu producción cubre el seguro en caso de desastre.
- Las subvenciones disponibles de las que podrás beneficiarte
- Cómo debes reportar un incidente y cobrar la indemnización en caso de siniestro.
- El período de carencia, que te indica a partir de cuándo tu producción estará totalmente cubierta.
- El período de garantía para saber desde y hasta cuándo está cubierta la producción de tu actividad.
En Clin Seguros te ayudamos a conseguir el mejor seguro para ti. No dudes en informarte y así resolver tus dudas con nosotros.
Aprovecha tus seguros para la declaración de la renta
La campaña de Renta ya está en marcha. ¿Sabes que hay seguros que desgravan en la declaración de la renta? Aquí te contamos cuales son los seguros que pueden ayudarte a disminuir tu tributación por IRPF
Seguro de hogar
Las primas pagadas por los seguros de hogar no desgravan en el IRPF. Pero hay una excepción, si estos seguros están vinculados a la hipoteca de un inmueble que tenga derecho a la deducción en vivienda habitual, aquellas anteriores a 2013. En este supuesto, se pueden desgravar en la declaración hasta un máximo de 9.040 euros.
La ley dice que es obligatorio que las viviendas sujetas a una hipoteca tengan un seguro de hogar que cubra los incendios. Por ello la prima satisfecha por este seguro obligatorio formará parte de la deducción por inversión en vivienda.
¿Qué pasa con los seguros asociados a la hipoteca? Entre ellos encontramos seguros de vida, de protección de pagos, de robos o roturas de cañerías entre otros. Este tipo de seguros solo son deducibles si entre las condiciones establecidas por el banco para la concesión de la hipoteca aparecen la contratación de ellos. Si es así, se podrá aplicar la deducción sobre la totalidad de la prima.
Seguros sobre inmuebles arrendados
Si eres propietario de un inmueble en alquiler puedes deducir todos los gastos necesarios para su arrendamiento, es decir los seguros de hogar, de responsabilidad civil o impago de alquileres.
Seguros para autónomos
Los autónomos podrán deducirse el seguro relacionado con un vehículo utilizado exclusivamente para su negocio. También todas las primas de seguros relacionados con la actividad, como seguro contra incendios, responsabilidad civil, seguros de accidentes que cubran al propio autónomo o empleados, así como los seguros médicos con un límite máximo de 500€ por miembro de la familia del autónomo.
Seguros para trabajadores por cuenta ajena
Si el trabajador por cuenta ajena contrata un seguro médico no le desgravará. Pero si es la empresa quien paga el seguro, no tributará en la declaración de la Renta.
Con todo esto podrás reducir la cantidad que tributas en tu IRPF. Un beneficio extra que te proporcionan los seguros que tienes contratados.
Seguros para deportes de riesgo
Si practicas deporte, esto te interesa. Se estima que alrededor del 50% de la población practica algún deporte regularmente y con la llegada del buen tiempo, se incrementa el número de personas practicando deporte.
Los d4eportes más habituales son correr, montar en bicicleta, la natación, tenis o la práctica de deportes de equipo como el fútbol o el baloncesto.
Muchas personas practican los denominados deportes de riesgo. Se trata de prácticas deportivas que entrañan, por sus circunstancias o por la ubicación donde se practican un riesgo mayor, tanto de sufrir accidentes, como de la complejidad del rescate en caso de ser necesario.
Pero, ¿qué tiene que incluir los seguros para deportes de riesgo?
Aunque la práctica de estos deportes no tiene porqué conllevar que se produzcan más accidentes que en cualquier otro deporte, su singularidad radica en que muchas veces se trata de deportes que se practican fuera del lugar de residencia, en sitios apartados y de muy difícil acceso, con lo que la complejidad en caso de que una persona necesite atención médica es muy alta.
Por eso los seguros para deportes de riesgo combinan, en una única póliza, coberturas de varios tipos de seguros distintos.
- Asistencia médica y sanitaria, tanto en España como en el extranjero.
- Seguros de accidentes y vida
- Gastos de Búsqueda y rescate del asegurado
- Gastos de repatriación.
- Indemnización por pérdida de equipaje.
¿Qué se considera un deporte de riesgo?
Mucha gente no considera que el esquí sea un deporte de riesgo. Habitualmente los esquiadores contratan un seguro al adquirir el forfait cuando van a esquiar. ¿Pero qué ocurre si tienes un accidente fuera de pista? ¿Quién se hace cargo de los gastos derivados del rescate?
Si practicas deporte de forma habitual, como correr, nadar, o montar en bicicleta por la ciudad no necesitarás un seguro de deportes de riesgo. Con un seguro de accidentes como los que podrás encontrar en www.clinseguros.com tendrás cubiertas la mayoría de incidencias que puedas sufrir mientras practicas deporte.
Si practicas deporte y participas en una competición, como un campeonato de fútbol, baloncesto o voleibol, la propia organización de la competición contará con un seguro, tanto de responsabilidad civil como de accidentes y lesiones en el caso de que se produzcan.
Pero si practicas barranquismo, descenso en bicicleta, escalada o alpinismo, tienes un accidente y no cuentas con un seguro, además de las consecuencias que tenga el accidente para tu salud, deberás tener en cuenta las posibles consecuencias económicas que tenga, tanto el rescate, como la atención médica recibida.
Concurrencia de seguros
Como ya os hemos contado más veces, tanto las compañías aseguradoras, como los corredores de seguros utilizan una terminología propia, que, en ocasiones, si no se explican correctamente, pueden confundir al usuario.
Uno de esos términos técnicos que utilizamos tanto los corredores de seguros como las compañías aseguradoras es la concurrencia de seguros, pero, ¿en qué consiste?
La concurrencia de seguros.
La concurrencia de seguros es una situación que se da cuando un mismo objeto está protegido por varios seguros del mismo tipo. En principio la idea puede parecer buena: tenemos un objeto cubierto con dos seguros con lo que en caso de siniestro recibiremos el doble de indemnización. Por poner un ejemplo, si tenemos un coche asegurado con dos compañías distintas y sufrimos un siniestro, podríamos recibir una indemnización superior al valor real del coche siniestrado.
La concurrencia de seguros evita que el asegurado se lucre indebidamente. Puede tener varias pólizas asegurando el mismo bien (con lo que se produce una concurrencia de seguros) pero cada aseguradora, si ocurre un percance, pagará la parte proporcional correspondiente, de manera que las indemnizaciones de las distintas pólizas no superen el valor real del objeto.
¿Cuándo si es posible la concurrencia de seguros?
Hay casos, como en los seguros de accidentes o de vida en los que sí se puede producir la concurrencia de seguros, y, por ejemplo, si sufrimos un accidente y tenemos varias pólizas que cubran este supuesto, recibir indemnizaciones por cada una de las pólizas, sin estar limitada la cantidad. Ocurre igualmente con los seguros de vida: en caso de fallecimiento del titular de la póliza, sus herederos podrían recibir indemnizaciones por cada póliza suscrita o los seguros de decesos, en los que, si se diera el caso de contar con varias pólizas, la compañía aseguradora que no hubiera podido cumplir con los servicios funerarios estará obligada al pago de la suma asegurada a los herederos.
Accidentes de tráfico y seguridad social
Accidentes de tráfico y seguridad social
Los conductores de los vehículos de tracción mecánica están obligados a contar con un seguro que cubra los daños en caso de accidente, ya que al contrario de lo que mucha gente piensa, la seguridad social no cubre los gastos médicos generados por accidentes de tráfico.
Si sufres un accidente de circulación, la sanidad pública te atenderá, te llevarán en ambulancia hasta un centro médico u hospital y recibirás la atención que necesites, sea cual sea la gravedad del accidente. Pero el hospital no asume el coste de tu atención, se tendrá que hacer cargo tu aseguradora.
Coste de las facturas del hospital
Las facturas del hospital tendrán un coste en función de la gravedad de las lesiones y del tipo de atenciones recibidas y se tendrá que hacer cargo de ellas la aseguradora de la persona responsable del siniestro.
Si el accidente lo ha causado un tercero, será su seguro quien se haga cargo de todos los gastos a través de la cobertura obligatoria de responsabilidad civil. En el caso de que tu hayas sido el causante del siniestro, tu compañía deberá pagar los daños a terceros, incluidos los ocupantes de tu vehículo.
Dependiendo del tipo de póliza contratada, es recomendable contratar la cobertura con asistencia sanitaria ilimitada, ya que si los gastos son elevados, la aseguradora no los cubrirá.
Accidentes in itinere
En el caso de que el accidente se produzca mientras vas o vuelves del trabajo, deberas saber que en el caso de que seas responsable de los daños, se considera un accidente laboral, por lo que estará cubierto por la mutua de tu empresa.