¿Qué medidas se proponen en la nueva Ley de Autónomos para los emprendedores?
La nueva Ley de Reformas urgentes del Trabajo Autónomo de 2017 que entró en vigor en Enero de 2018 conlleva la aplicación de medidas que afectan directamente a los emprendedores. Esta ley de autónomos introduce importantes novedades en aspectos como los gastos deducibles, bonificaciones y cotizaciones. También, fomenta medidas para favorecer nuevas contrataciones y conciliación familiar.
El principal atractivo para los emprendedores de esta nueva regulación es la tarifa plana que determina una cuota a la seguridad social de 50€ durante 12 meses para los nuevos autónomos. Además, existen otra muchas medidas interesantes, como:
Cambios en la cuota de autónomos
Se extiende a 24 la tarifa plana a la que pueden suscribirse los nuevos autónomos y se establece en tres tramos:
- Primeros 12 meses la cuota es de 50 €
- Siguientes 6 meses la cuota es de 137,97 € (50%menos)
- Siguientes 6 meses la cuota es de 129,79 € (30% menos)
Por tanto, el único requisito actual para poder obtener esta bonificación es no haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años (tres años en el caso de que anteriormente se haya disfrutado de dicha bonificación). La Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo acortó el plazo de cinco a dos años para nuevos autónomos, con excepción del autónomo colaborador que mantiene el requisito original de cinco años.
Discapacitados, víctimas del terrorismo y de violencia de género tienen la tarifa plana los 12 primeros meses y durante los 4 años posteriores una reducción del 50%, es decir, cuota de 137,97 €.
Nuevos gastos deducibles
Se incorporán a los gastos deducibles los siguientes:
- Cuando el autónomo está registrado como que trabaja desde casa podrá desgravar un 30% en IRPF de sus facturas de gas, agua, teléfono e internet.
- 27,27 (48 €) como dietas si se cumplen los siguientes puntos:
- Origen en el desarrollo de la actividad económica,
- Tengan lugar en restaurantes u hoteles.
- Abonados vía electrónica disponiendo de factura.
Cambios en la forma de cotizar en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)
Se intenta ajustar de una forma más real la forma de cotizar a los ingresos reales que tienen los autónomos. Son tres medidas:
- La cuota de autónomos se abona por días reales en vez meses como venía haciéndose anteriormente, es decir se cotiza desde el día de alta hasta la fecha de la baja.
- Se extiende a 4 los plazos anuales para establecer modificaciones en la cotización.
-Desde el 1 abril para los cambios solicitados del 1 de enero al 31 de marzo.
-Desde el 1 de julio para los cambios solicitados del 1 de abril al 30 de junio.
-Desde el 1 de octubre para los cambios solicitados del 1 de julio al 30 de septiembre.
- Se amplían las restricciones al número de altas y bajas al año. Los autónomos pueden hacerlo hasta 3 veces por año pagando proporcionalmente.