¿Qué son las franquicias y los baremos de indemnización en la garantía de Incapacidad Laboral Transitoria?
A veces, no es fácil entender cuando nos enfrentamos a distintos tecnicismos que se emplean al hablar de las indemnizaciones por incapacidad laboral. Es importante tener claro qué significa cada cosa para conocer las coberturas reales y no llevarnos sorpresas.
Franquicias y baremos de indemnización son dos conceptos que se emplean a menudo dentro de los seguros de incapacidad laboral transitoria, que tienen por objeto aportar al asegurado una compensación económica extra en casos de baja laboral transitoria.
Son seguros creados y dirigidos principalmente a autónomos, pero también pueden ser asegurados de este tipo de seguros aquellos que trabajan para terceros en régimen laboral de asalariado. Gracias a esta cobertura, la aseguradora indemnizará al asegurado por cada día que tenga que estar de baja laboral.
En el caso de los autónomos, contar con este tipo de seguros es aún más importante puesto que una larga baja puede representar un detrimento considerable en sus ingreso.
Franquicias y baremos de indemnización
Según la modalidad de baremos aplicables existen dos tipos de seguro de incapacidad temporal:
Baja baremada y Baja diaria, y dentro de la segunda puede haber franquicia de días o no.
Baja Baremada: Es la opción más económica a contratar como asegurado. La aseguradora cuenta a priori con un baremo y según cuál sea la causa de la baja laboral aplican al mismo un número determinado de días de indemnización.
Baja diaría: Es la opción más cara a contratar como asegurado. La aseguradora indemnizará por el número de días totales que durará la baja laboral, incluidos fines de semana y festivos.
Dentro de la baja diaria existen otras dos modalidades:
- Con franquicia de días: La indemnización no entra en vigor hasta que no pasen un determinado número de días desde que se inició la baja. Por ejemplo, si se establece una franquicia de 5 días, es a partir del sexto día cuando el asegurado comienza a recibir la indemnización. No habiendo efectos retroactivos a los primeros 5 días.
- Sin franquicia de días: El derecho del asegurado a percibir la indemnización existe y es reclamable desde el primer día que causa baja laboral.
Otras peculiaridades del seguro de incapacidad temporal
- Es obligatorio rellenar un cuestionario de salud.
- El abono de la indemnización se produce cuando el asegurado ha sido dado de alta. (lógicamente si se trata de una baja larga se puede reclamar un adelanto de la indemnización a la aseguradora)
- El importe a pagar por un seguro de incapacidad temporal va en función de dos variables la edad y la profesión del asegurado.
Si quieres contratar un seguro de incapacidad laboral transitoria o quieres aclarar algún aspecto de este seguro no dudes en contactar con nosotros.